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tabla bono antiguedad

El bono de antigüedad en Bolivia, un resumen

(Autor: CMPD)

El bono de antigüedad es un pago adicional al empleado. Se adquiere por el tiempo de trabajo del empleado. Está reglamentado por el art. 60 del DS 21060 de 29/08/1985 y establece la siguiente tabla:

Tabla de bono de antigüedad

Antigüedad (años)Porcentaje
0-20%
2-55%
5-811%
8-1118%
11-1526%
15-2034%
20-2542%
Más de 2550%

Posteriormente diversas normativas modifican la base de cálculo y establecen lo siguiente:

  • La base de cálculo será un salario mínimo nacional (art. 13 del DS 21137 de 30/11/1985)
  • Los 2 salarios mínimos nacionales se utilizaran para el cálculo del bono de antigüedad en el sector público y privado para las empresas productivas (art. Único del DS 23113 de 10/04/1992)
  • Se considera para la base de cálculo 3 salarios mínimos nacionales para las empresas productivas del sector publico y privado (art. Único del DS 23474 de 20/04/1993).
  • Se modifica la base para el cálculo del bono de antigüedad a tres salarios mínimos nacionales para las empresas públicas ya sea que produzcan bienes o provean servicios (art. 11 del DS 24067 de 10/07/1995).

RESUMEN

El bono de antigüedad es un pago adicional que se paga por el tiempo de trabajo del empleado. Los porcentajes sobre esta tabla se calculan sobre la tabla de antigüedad. Se considera el salario mínimo nacional (que se modifica en cada gestión).

Para las empresas privadas que ofrezcan servicios, la fórmula es:

Bono de antigüedad=1 salario mínimo nacional * porcentaje de antigüedad

Para las empresas privadas que sean productivas; para las empresas públicas ya sea que sean productivas o que provean servicios, la fórmula es:

Bono de antigüedad=3 salarios mínimos nacionales * porcentaje de antigüedad

OTRAS CONSIDERACIONES

Existe controversia para el cálculo del bono de antigüedad para las empresas privadas de servicios debido a que para muchas personas un servicio es igual es un producto, por tanto, deberían considerar para el cálculo 3 salarios mínimos nacionales.

Sin embargo, la recomendación de la Cámara Nacional de Comercio a través de la circular 072/2017 recomienda cumplir la normativa y pagar 1 salario mínimo nacional en caso de empresas de servicio. En la circular 164/2019 se confirma la situación.

Vea también:

MODIFICACIONES PARA SERVICIOS PROFESIONALES Y OFICIOS LIBERALES

El tratamiento tributario para las retenciones por servicios u oficios liberales y el impuesto anual para los ingresos de los profesionales se ha modificado y entra en vigencia a partir del 01/01/2023.

La Ley 1448 (25/07/2022) modifica la Ley 843 (TOV) en su art. 19 (RCIVA) y adiciona dentro del alcance del RCIVA los siguientes artículos:

g) Los provenientes del ejercicio de la profesión u oficios en forma libre o independiente. (NUEVO).

h) Los honorarios, retribuciones o ingresos por pagos, cualquiera sea su denominación, de personas no domiciliadas en el Estado Plurinacional de Bolivia, provenientes del trabajo desarrollado en territorio nacional. No están alcanzados por este impuesto los ingresos de deportistas y artistas, no domiciliados, por trabajo en actividades de concurso, competencia o torneos internacionales. (NUEVO)

El DS 4850 de 28/12/2022 modifica los decretos reglamentarios, es decir el DS 21531 (RCIVA) DS 21532 (IT) y DS 24051(IUE) para cumplir las modificaciones de la Ley 1448.

CONCLUSION

ConceptoAntes de la modificaciónDespués de la modificación
Retención por serviciosSe realizaban las retenciones por servicios de personas naturales es del 12.5% (form.570) y 3% (form. 410)Las retenciones por servicios de personas naturales serán del 13% (form. 604) y 3% (form. 410)
Impuesto a los ingresos netos de los profesionalesLos profesionales emiten su factura y de forma anual declaraban sus utilidades (form. 510) [plazo para pagar el formulario 510 es el 31/01/2023]Los profesionales emiten su factura y de forma trimestral declaran sus ingresos en el form. 610.

De la misma forma, el form. 604 se ha modificado para detallar las personas a las cuales se realizan las retenciones por servicios. El nuevo formulario es el siguiente: